Micelio
Auto20 de octubre de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Kevin Oliver Keep Arrieta·Demandado Contraloría Gerencia Departamental Del Atlántico Informe Secretarial

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Noveno Civil Municipal de Cartagena, Bolívar, y el Juzgado Quince Civil Municipal de Barranquilla.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegadas por la parte demandante.

Teniendo en cuenta el criterio a prevención, la Corte dispuso que el juzgado que debe tramitar la acción de tutela de la referencia es el Noveno Civil Municipal de Cartagena, a donde se ordenó enviar el expediente para que, de forma inmediata, continúe con el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela acudiendo, sin más, al lugar de residencia de la parte accionada.

Al otro operador jurídico se le advierte que, siempre que proponga la existencia de un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 19 de agosto de 2022 por el Juzgado
  2. Noveno. Civil Municipal de Cartagena, Bolívar, en el marco de la acción de tutela promovida por Kevin Oliver Keep Arrieta en contra de la Contraloría Departamental del Atlántico.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4258 al Juzgado
  4. Noveno. Civil Municipal de Cartagena, Bolívar, para que, de forma inmediata, continúe con el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar dentro de la acción de tutela presentada por el accionante.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Noveno. Civil Municipal de Cartagena, Bolívar, que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela acudiendo, sin más, al lugar de residencia de la parte accionada.
  7. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Quince Civil Municipal de Barranquilla, Atlántico, que, siempre que proponga la existencia de un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el Auto 550 de 2018.
  8. Quinto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora la decisión adoptada mediante esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.